Los trabajadores mexicanos tienen algunas prestaciones económicas en determinado momento de su vida laboral, pero no muchos las conocen, como la ayuda para el matrimonio civil, la cual se otorga una sola vez con los recursos de la cuenta individual de la Administradora de Fondos para el Retiro (Afore).
La cantidad que un trabajador puede retirar es el equivalente a 30 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, y la puede solicitar también la pareja en caso de que cotice en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Los pasos que los interesados deben seguir para conseguir esta ayuda es no haber ejercido el derecho anteriormente; tener cuando menos 150 semanas o casi tres años de cotizaciones a la fecha del matrimonio; estar vigente ante el IMSS y no haber sido registrados con anterioridad ante el Instituto en calidad de cónyuges.
De acuerdo con la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), en caso de haber contraído matrimonio anteriormente, los interesados deben presentar el acta de divorcio o defunción de su anterior pareja.
Luego deben solicitar la “Resolución de Ayuda para Gastos de Matrimonio” en cualquier clínica del IMSS en el país, y una vez llenada se debe entregar junto con copia de una identificación oficial, copia certificada del acta de matrimonio, algún documento que tenga el número del asegurado y un estado de cuenta de la Afore.
Cabe señalar que los estatutos del IMSS no permiten realizar trámites simultáneos sobre la disposición de recursos de la cuenta individual del trabajador.
La Condusef refiere que el tiempo máximo que tarda el Seguro Social en responder a dicha solicitud es de 28 días naturales.
Por último, para realizar el cobro los trabajadores tienen que acudir a la administradora que les corresponda, con una identificación oficial, así como con la Resolución de Ayuda para Gastos del Matrimonio, la cual tiene una vigencia de 60 días naturales.
México, 6 Jun. (Notimex).