La Secretaría de Gobernación publicó reformas a dos artículos de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
El Artículo 9 refiere la prohibición de toda práctica discriminatoria que tenga por objeto impedir o anular el reconocimiento o ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades.
En su fracción XI se modifica y establece: Impedir o limitar el acceso a la procuración e impartición de justicia.
El Artículo 10 especifica que los órganos públicos y las autoridades federales, en el ámbito de su competencia, llevarán a cabo, entre otras, las siguientes medidas positivas y compensatorias a favor de la igualdad de oportunidades para las mujeres.
A éste se adiciona la fracción V que textualmente señala: Ofrecer información completa y actualizada sobre los derechos de las mujeres y la forma e instituciones ante los cuales pueden ejercerse.
Este decreto entrará en vigor a partir de mañana sábado.
México, 7 Jun. (Notimex).