El pleno del Senado de la República remitió al presidente Enrique Peña la nueva Ley General del Servicio Profesional Docente, luego de que esta madrugada fue aprobada sin cambios en lo general y en lo particular.

En medio de una larga sesión, que inició a la mañana del martes y concluyo al filo de las 2 de la mañana de este miércoles, se aprobó en lo particular y en sus términos con 94 votos a favor y 27 en contra los artículos reservados 1°, 4°, 6°, 7°, 8°, 28, 30, 36, 38, 39, 53, 69, 74, 75, 76 y 83; y octavo, noveno, décimo octavo, décimo noveno y vigésimo segundo transitorios en sus términos del dictamen.

Previamente había sido aprobada en lo general con 102 votos a favor de senadores del PRI, PAN, PVEM y cuatro del PRD, así como 22 en contra del PRD, PT y Movimiento Ciudadano, el dictamen que establece nueva reglas en los procesos de evaluación, promoción y permanencia frente a los grupos de alumnos de todos los profesores del país.

El presidente de la Mesa Directiva del Senado, Raúl Cervantes, informó de la aprobación del dictamen que expide de esta nueva Ley General del Servicio Profesional Docente y de inmediato la envió al titular del Ejecutivo Federal para su promulgación y publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Con esta aprobación concluye el proceso de reformas, primero constitucionales en materia de educación y posteriormente a tres leyes secundarias que fueron la Ley General de Educación y la Ley para el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, a las cuales se oponía la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE).

La larga sesión inició con un Senado prácticamente acorazado por bardas metálicas y la vigilancia de cientos de policías federales, ello ante las recurrentes y cotidianas manifestaciones que en las últimas tres semanas han realizado integrantes del magisterio disidente en contra de dichas reformas.

Cabe destacar que la nueva Ley General del Servicio Profesional Docente, establece que se buscará que los profesores logren el máximo aprendizaje de los alumnos, pero se acota que se tomarán en cuenta los contextos sociales y culturales donde viven los alumnos.

Los concursos de oposición para ser docente de educación básica no serán inmediatos, pues se realizarán hasta 2 años después de que entre en vigor la Ley.

Asimismo se declarará nula e improcedente cualquier forma de ingreso o promoción en el sistema docente aquellas que incumplan con los procedimientos establecidos en la nueva ley y se establecen sanciones a quien incurra en los mismos.

Respecto a las comisiones sindicales, se subraya que las personas que decidan aceptar el desempeño de un empleo, cargo o comisión no educativa, deberán separarse del Servicio Profesional Docente, sin goce de sueldo, mientras dure el empleo, cargo o comisión.

Se señala que la evaluación no aplicará al personal docente, de dirección o supervisión de nivel medio superior del Instituto Politécnico Nacional (IPN), ya que esta institución cuenta con su propia normatividad.

Notimex