El Instituto Federal Electoral (IFE) consultará de forma expresa y por escrito a los ciudadanos sobre la incorporación visible de los datos de Calle, Número Exterior y Número Interior del domicilio en el anverso de la credencial para votar y, que en todos los casos, dichos datos se incluyan de forma cifrada en el reverso de la misma, en acatamiento a lo ordenado por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en la resolución del recurso de apelación SUP-RAP-37/2013.
El ordenamiento instruye a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores para que en coadyuvancia con la Comisión Nacional de Vigilancia realice la modificación del Formato Único de Actualización y Recibo.
Este acuerdo entrará en vigor a los 90 días naturales posteriores a su aprobación.
México, 21 Nov. (Notimex).