La Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) publicó diversas modificaciones a las Reglas de Operación del Programa de Pensión para Adultos Mayores para el ejercicio fiscal 2013, entre las que destacan las obligaciones y las causas de baja para quienes reciban ese apoyo.
Una de las modificaciones que dio a conocer la dependencia en el Diario Oficial de la Federación, relativa a las obligaciones, señala que los adultos mayores que reciban el apoyo mediante transferencia electrónica, deberán acudir a la sede de atención para comprobar su supervivencia.
Se detalla que el plazo máximo para hacer la verificación es de cuatro meses, y en el caso de ser la primera constatación, el término empezará a correr a partir del mes en que se inscriba al programa.
Las nuevas disposiciones también indican que será suspendida la ayuda por tiempo indefinido a los beneficiarios en el esquema de entrega en efectivo que no cobren el apoyo correspondiente a ocho mensualidades, es decir, que no cobren en cuatro ocasiones consecutivas.
En tanto, será baja definitiva para los solicitantes integrados al padrón de beneficiarios a partir del ejercicio fiscal 2012, que reciban pago de jubilación o pensión de tipo contributivo, y quienes sean identificados por la Dirección General de Geoestadística y Padrones de Beneficiarios y la Unidad Responsable del Programa.
Otros cambios que dio a conocer la Sedesol este lunes son los relativos a los numerales: 3.7.1 Instancias Ejecutoras; 4.2.5.2. Entrega de Apoyos mediante transferencias electrónicas; así como el Anexo 6, Formato de Aceptación para Integrar al Expediente del Beneficiario.
Además, la eliminación del Anexo 9, Cuadro de Periodos de Comprobación de Supervivencia, del Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Pensión para Adultos Mayores para el ejercicio fiscal 2013, publicado en el Diario Oficial el 26 de febrero del presente año.
México, 12 Ago. (Notimex)