La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) recordó que a partir de este jueves estarán prohibidas las ventas atadas en la contratación de algún producto o servicio financiero.

El organismo indicó que el incumplimiento de esta determinación, cuyo objetivo es propiciar una mayor oferta de productos y servicios a precios competitivos, implica una sanción que iría de cuatro mil a 20 mil salarios mínimos.

De acuerdo con la Condusef, en la contratación de un crédito el cliente de la institución financiera podrá señalar como cuenta para el pago, la que tenga con otro banco, vía domiciliación.

Asimismo, en la contratación de un pagaré liquidable al vencimiento ya no se podrá condicionar a la apertura de una cuenta de depósito como cuenta eje, sin embargo, el banco deberá aperturar una cuenta de cargo sin costo, cuyo único fin sea abonar y retirar de la inversión.

En el caso de los seguros relacionados con los créditos como el hipotecario y automotriz, en los que es necesario contar con un seguro de vida y uno de daños en protección de la garantía y del patrimonio del propio usuario, la institución podrá ofrecer alternativas para que el cliente sea quien seleccione con qué aseguradora contrata su póliza.

“La prohibición de ventas atadas de seguros en los créditos estimulará que las compañías de seguros tengan una mayor apertura en el mercado y ofrezcan nuevos productos que sean útiles, tanto para los usuarios como para los otorgantes del crédito”, afirma la Condusef.

De esta manera, las instituciones deberán ser muy claras en sus procedimientos de comercialización, al indicar el costo y las coberturas necesarias para que el usuario pueda comparar y hacer una elección adecuada.

“Con esta medida se pretende estimular la competencia con mejores servicios, más productos y desde luego con mayor transparencia para que los usuarios de productos y servicios financieros puedan ejercer sus derechos de elección y de movilidad de manera efectiva”, destaca.

Notimex